La sentencia confirma la Resolución del INDOTEL que otorga la frecuencia digital a la empresa, cerrando un proceso judicial que incluyó casación ante la Suprema Corte de Justicia y reafirmando la legitimidad del procedimiento administrativo seguido por el órgano regulador de las telecomunicaciones.
El Tribunal Superior Administrativo (TSA) emitió una sentencia definitiva que pone fin a la controversia legal sobre la asignación del canal 3 de televisión abierta digital en República Dominicana. Mediante la sentencia número 0030-04-2025-SSEN-00740, el tribunal ratificó íntegramente la Resolución 080-2022 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), que otorga los derechos de transmisión a la empresa FRANASYL, S.R.L., rechazando el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Corporación de Televisión Microondas Rafa, S.A., del Grupo Telemicro.
El fallo, correspondiente al expediente 2022-0122223 y la solicitud 2025-R0384859, fue dictado después de un prolongado proceso judicial que incluyó una reactivación por casación ante la Suprema Corte de Justicia. La decisión del tribunal superior marca un hito en la resolución de disputas sobre asignación de frecuencias en el país, estableciendo precedentes sobre la solidez de los procedimientos administrativos del INDOTEL en materia de concesiones de espectro radioeléctrico.

En su primera disposición, el TSA rechazó el medio de inadmisión planteado por la Corporación de Televisión Microondas Rafa contra la intervención voluntaria de FRANASYL en el proceso judicial. Esta decisión confirma la validez de la participación activa de FRANASYL como parte interesada, fortaleciendo su posición legal en la defensa de los derechos administrativos otorgados por el órgano regulador.
El tribunal declaró buena y válida la demanda en intervención voluntaria depositada el 19 de mayo de 2025 por FRANASYL, determinando que cumplió con todas las formalidades legales requeridas. Esta validación procesal fue determinante para que la empresa pudiera defender sus intereses directamente ante la justicia administrativa, sin depender exclusivamente de la representación del INDOTEL.
Aunque el TSA reconoció como regular y válido en cuanto a la forma el recurso contencioso administrativo interpuesto el 23 de septiembre de 2022 por el Grupo Telemicro, el tribunal rechazó las pretensiones de fondo en todas sus partes. Esta distinción entre forma y fondo es significativa, pues reconoce el derecho procesal de la corporación recurrente a impugnar decisiones administrativas, pero confirma que sus argumentos sustantivos carecían de mérito jurídico suficiente.
La confirmación íntegra de la Resolución 080-2022, emitida el 22 de agosto de 2022 por el Consejo Directivo del INDOTEL, reafirma la legitimidad del proceso administrativo que condujo a la asignación del canal 3 a FRANASYL. El tribunal superior validó así la metodología, los criterios técnicos y las consideraciones legales empleadas por el órgano regulador, enviando un mensaje de respaldo institucional a los procedimientos de concesión del espectro radioeléctrico.
El proceso judicial fue declarado libre de costas, una disposición que evita cargas económicas adicionales para cualquiera de las partes involucradas. Esta decisión es frecuente en procesos contencioso administrativos donde el tribunal reconoce la buena fe procesal de los litigantes, independientemente del resultado final de la controversia.
La sentencia ordena comunicar el fallo a todas las partes involucradas y a la Procuraduría General Administrativa, garantizando así la transparencia del proceso y el conocimiento oficial de la decisión por parte de las autoridades competentes. Adicionalmente, se dispuso la publicación de la sentencia en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo, asegurando su acceso público y su valor como precedente jurisprudencial.
El fallo fue firmado por los magistrados Mery Laine Collado Tactuk, presidenta de la sala; Narciso de Jesús Acosta N. y Ramona Gutiérrez Batista, junto con el secretario auxiliar Mariano Antonio Guzmán Pérez. La composición colegiada del tribunal garantiza la pluralidad de criterios en la deliberación y fortalece la legitimidad de la decisión.
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Esta sentencia cierra un capítulo significativo en la evolución del marco regulatorio de las telecomunicaciones dominicanas. La confirmación judicial de las decisiones del INDOTEL refuerza la seguridad jurídica necesaria para las inversiones en infraestructura de medios de comunicación y establece parámetros claros sobre los mecanismos de impugnación administrativa.
Para FRANASYL, la ratificación judicial representa la consolidación definitiva de sus derechos sobre el canal 3, permitiéndole avanzar con certeza en el desarrollo de su proyecto de televisión digital abierta. Para el sector de telecomunicaciones en general, el fallo confirma que los procedimientos del INDOTEL cuentan con el respaldo institucional necesario cuando se ajustan a los marcos legales establecidos.
El caso también ilustra la importancia del sistema de justicia administrativa como garante del equilibrio entre las decisiones regulatorias y los derechos de los operadores del sector. La posibilidad de recurrir ante tribunales especializados, sumada a instancias de casación, asegura que las asignaciones de recursos estratégicos como las frecuencias del espectro radioeléctrico se realicen bajo escrutinio judicial riguroso.














































































