Tribunal concluye que la acción planteaba pretensiones de inconstitucionalidad
El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible la acción de amparo presentada contra el presidente Luis Rodolfo Abinader Coronaal concluir que el recurso era notoriamente infundado porque perseguía objetivos propios de una acción directa de inconstitucionalidad, una vía distinta a la del amparo constitucional.
La decisión fue adoptada de manera unánime por el pleno del Tribunal Superior Electoralintegrado por su presidente, Ygnacio Pascual Camacho Hidalgojunto a los jueces titulares Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz, Rafaelina Peralta Arias y Lenis Rosángela García Guzmánquienes acogieron el medio de inadmisión planteado por la parte accionada.
Tribunal fundamenta la inadmisibilidad
La alta corte explicó que la acción fue declarada inadmisible conforme al artículo 70, numeral 3, de la Ley núm. 137-11Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, así como al artículo 132, numeral 3, del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.
Según la sentencia, las pretensiones formuladas por los accionantes correspondían a cuestionamientos de carácter abstracto, propios de una acción directa de inconstitucionalidad, por lo que no podían ser conocidas mediante un proceso de amparo.
La acción había sido presentada por los ciudadanos José Antonio Cabral Salcedo mi Isaías Ramos Guzmán contra Luis Rodolfo Abinader Coronaen su condición de presidente de la República Dominicana y titular del Poder Ejecutivo.
El expediente llegó al Tribunal Superior Electoral luego de ser declinado por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacionalmediante la Sentencia Civil número 035-2026-SSEN-00653emitida el 2 de junio de 2026.
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Ver noticias nacionales Análisis político completoAplazan audiencia sobre demandas contra el PLD
En otra decisión adoptada durante la misma jornada, el Tribunal Superior Electoral acogió una solicitud de prórroga presentada por la parte demandada y aplazó para el jueves 23 del presente mes la audiencia correspondiente a los expedientes fusionados TSE-01-0018-2026 y TSE-01-0019-2026.
Estos procesos corresponden a una demanda en nulidad y una solicitud de medida cautelar interpuestas contra una decisión adoptada por el Comité Central del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) el 22 de febrero de 2026.
Los demandantes en ese proceso son Manfred Alberto Mata Echt y Dayamo Victoriano Ramírezmientras que la parte demandada es el Partido de la Liberación Dominicana (PLD).
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Próximos pasos del proceso
El pleno del Tribunal Superior Electoral explicó que el aplazamiento tiene como objetivo permitir la comunicación de documentos entre las partes, garantizando el desarrollo del proceso conforme a las normas del debido procedimiento antes de que continúe el conocimiento de los expedientes.














































































