La Sociedad Dominicana de Oncología Médica (SODOM) expresa su preocupación ante situaciones que pueden afectar directamente a las personas que viven con cáncer en la República Dominicana, especialmente cuando decisiones administrativas, programas de acompañamiento, intermediarios o mecanismos de gestión interfieren con la continuidad del tratamiento, la privacidad de los datos médicos, la libre elección del paciente y el acceso oportuno a medicamentos y servicios oncológicos.
El paciente con cáncer debe recibir una atención digna, segura, continua, oportuna y basada en evidencia científica. Ningún trámite, programa o decisión administrativa debe retrasar un tratamiento indicado, cambiar una prescripción médica sin la participación del especialista o colocar intereses económicos por encima de la salud del paciente.
Las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) cumplen un papel importante dentro del sistema, relacionado con la cobertura, la contratación de redes y la administración del riesgo.
Sin embargo, ese rol no debe confundirse con el acto médico ni con la dirección clínica del tratamiento individual de un paciente. Las decisiones sobre diagnóstico, indicación, cambio, suspensión o seguimiento de terapias oncológicas deben permanecer bajo responsabilidad del médico especialista tratante.
SODOM reconoce que los programas de prevención, orientación, acompañamiento y detección temprana pueden ser útiles cuando se realizan con transparencia, dentro de la ley y en coordinación con médicos y centros habilitados. Pero estos programas no deben convertirse en mecanismos para dirigir al paciente hacia determinados centros, proveedores o canales de entrega; tampoco deben limitar su acceso, sustituir al oncólogo tratante o interferir con el tratamiento ya indicado.
Preocupa especialmente el manejo de medicamentos oncológicos orales de alto costo. Estos tratamientos no son una simple entrega de pastillas: requieren explicación al paciente, vigilancia de efectos secundarios, revisión de interacciones, ajustes de dosis, seguimiento de adherencia y respuesta rápida ante complicaciones. Por eso, el acto médico asociado a estas terapias debe ser reconocido, respetado y protegido.
SODOM también alerta sobre la protección de los datos personales y médicos de los pacientes con cáncer. Información como diagnóstico, cédula, historial clínico, medicamento indicado, teléfono, dirección o centro donde se atiende es altamente sensible. Ninguna entidad del sistema — incluyendo ARS, intermediarios, gestores externos, proveedores logísticos, programas de soporte o casas farmacéuticas— debe recibir, usar o compartir esos datos sin autorización clara, libre, previa, informada y comprobable del paciente.
Profundiza en el debate político dominicano con nuestra cobertura independiente:
Ver noticias nacionales Análisis político completoPor tanto, resulta inaceptable que una persona con cáncer reciba llamadas, mensajes, visitas, entregas domiciliarias de medicamentos o gestiones comerciales o asistenciales que no haya solicitado, cuando esas acciones se originen en el uso de datos médicos obtenidos por vías administrativas. Esto puede afectar su privacidad, su tranquilidad, su dignidad, su libertad de decisión y la relación de confianza con su médico.
Asimismo, SODOM llama la atención sobre el acceso a medicamentos oncológicos. En cáncer, muchos tratamientos son vitales, costosos y no pueden esperar. Cuando una sola empresa o un grupo reducido controla, directa o indirectamente, la distribución, provisión o canalización de estos medicamentos, pueden aumentar los precios, reducirse las opciones disponibles y limitarse el acceso de los pacientes a tratamientos necesarios. La libre competencia en este campo debe proteger al paciente, no crear barreras adicionales.
Por estas razones, SODOM solicita formalmente a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales, al Consejo Nacional de Seguridad Social, al Ministerio de Salud Pública, a ProCompetencia y a las demás autoridades competentes:
1. Reafirmar públicamente los límites funcionales de las ARS, diferenciando claramente la administración del riesgo y la gestión de cobertura de la prestación clínica directa, la prescripción médica y la dirección terapéutica individual.
2. Garantizar que ningún programa de acompañamiento, navegación, soporte o gestión de pacientes oncológicos sustituya al oncólogo tratante, modifique indicaciones terapéuticas o condicione el acceso a tratamientos sin evaluación clínica especializada.
3. Proteger la libre elección del paciente, evitando direccionamientos obligatorios hacia redes, centros, proveedores, programas o canales de dispensación que puedan generar conflictos de interés o restringir alternativas terapéuticas.
4. Asegurar la cobertura oportuna de medicamentos, procedimientos y servicios incluidos en el Catálogo de Prestaciones vigente, especialmente en el ámbito oncológico de alto costo.
5. Crear o fortalecer rutas expeditas de revisión técnica para terapias innovadoras, cuando exista indicación médica sustentada, evidencia científica y ausencia de alternativas equivalentes dentro del catálogo vigente.6. Reconocer el acto médico asociado al manejo de terapias oncológicas orales, incluyendo educación, indicación, monitoreo de toxicidad, ajustes, farmacovigilancia, adherencia y seguimiento clínico especializado.
7. Vigilar, investigar y regular cualquier práctica de concentración, direccionamiento obligatorio, exclusividad injustificada, integración vertical, restricción de proveedores, transferencia no autorizada de datos sensibles, contacto directo no consentido con pacientes o abuso de posición dominante que pueda afectar el acceso oportuno, transparente, ético y equitativo a medicamentos y servicios oncológicos.
SODOM reitera que esta posición no busca defender privilegios de ningún sector. Busca proteger a los pacientes con cáncer: su seguridad, su dignidad, su privacidad, su libertad de elección,
La Sociedad Dominicana de Oncología Médica (SODOM) expresa su preocupación ante situaciones que pueden afectar directamente a las personas que viven con cáncer en la República Dominicana, especialmente cuando decisiones administrativas, programas de acompañamiento, intermediarios o mecanismos de gestión interfieren con la continuidad del tratamiento, la privacidad de los datos médicos, la libre elección del paciente y el acceso oportuno a medicamentos y servicios oncológicos.
El paciente con cáncer debe recibir una atención digna, segura, continua, oportuna y basada en evidencia científica. Ningún trámite, programa o decisión administrativa debe retrasar un tratamiento indicado, cambiar una prescripción médica sin la participación del especialista o colocar intereses económicos por encima de la salud del paciente.
Las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) cumplen un papel importante dentro del sistema, relacionado con la cobertura, la contratación de redes y la administración del riesgo.
Sin embargo, ese rol no debe confundirse con el acto médico ni con la dirección clínica del tratamiento individual de un paciente. Las decisiones sobre diagnóstico, indicación, cambio, suspensión o seguimiento de terapias oncológicas deben permanecer bajo responsabilidad del médico especialista tratante.
SODOM reconoce que los programas de prevención, orientación, acompañamiento y detección temprana pueden ser útiles cuando se realizan con transparencia, dentro de la ley y en coordinación con médicos y centros habilitados. Pero estos programas no deben convertirse en mecanismos para dirigir al paciente hacia determinados centros, proveedores o canales de entrega; tampoco deben limitar su acceso, sustituir al oncólogo tratante o interferir con el tratamiento ya indicado.
Preocupa especialmente el manejo de medicamentos oncológicos orales de alto costo. Estos tratamientos no son una simple entrega de pastillas: requieren explicación al paciente, vigilancia de efectos secundarios, revisión de interacciones, ajustes de dosis, seguimiento de adherencia y respuesta rápida ante complicaciones. Por eso, el acto médico asociado a estas terapias debe ser reconocido, respetado y protegido.
SODOM también alerta sobre la protección de los datos personales y médicos de los pacientes con cáncer. Información como diagnóstico, cédula, historial clínico, medicamento indicado, teléfono, dirección o centro donde se atiende es altamente sensible. Ninguna entidad del sistema — incluyendo ARS, intermediarios, gestores externos, proveedores logísticos, programas de soporte o casas farmacéuticas— debe recibir, usar o compartir esos datos sin autorización clara, libre, previa, informada y comprobable del paciente.
Por tanto, resulta inaceptable que una persona con cáncer reciba llamadas, mensajes, visitas, entregas domiciliarias de medicamentos o gestiones comerciales o asistenciales que no haya solicitado, cuando esas acciones se originen en el uso de datos médicos obtenidos por vías administrativas. Esto puede afectar su privacidad, su tranquilidad, su dignidad, su libertad de decisión y la relación de confianza con su médico.
Asimismo, SODOM llama la atención sobre el acceso a medicamentos oncológicos. En cáncer, muchos tratamientos son vitales, costosos y no pueden esperar. Cuando una sola empresa o un grupo reducido controla, directa o indirectamente, la distribución, provisión o canalización de estos medicamentos, pueden aumentar los precios, reducirse las opciones disponibles y limitarse el acceso de los pacientes a tratamientos necesarios. La libre competencia en este campo debe proteger al paciente, no crear barreras adicionales.
Por estas razones, SODOM solicita formalmente a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales, al Consejo Nacional de Seguridad Social, al Ministerio de Salud Pública, a ProCompetencia y a las demás autoridades competentes:
1. Reafirmar públicamente los límites funcionales de las ARS, diferenciando claramente la administración del riesgo y la gestión de cobertura de la prestación clínica directa, la prescripción médica y la dirección terapéutica individual.
2. Garantizar que ningún programa de acompañamiento, navegación, soporte o gestión de pacientes oncológicos sustituya al oncólogo tratante, modifique indicaciones terapéuticas o condicione el acceso a tratamientos sin evaluación clínica especializada.
3. Proteger la libre elección del paciente, evitando direccionamientos obligatorios hacia redes, centros, proveedores, programas o canales de dispensación que puedan generar conflictos de interés o restringir alternativas terapéuticas.
4. Asegurar la cobertura oportuna de medicamentos, procedimientos y servicios incluidos en el Catálogo de Prestaciones vigente, especialmente en el ámbito oncológico de alto costo.
5. Crear o fortalecer rutas expeditas de revisión técnica para terapias innovadoras, cuando exista indicación médica sustentada, evidencia científica y ausencia de alternativas equivalentes dentro del catálogo vigente.6. Reconocer el acto médico asociado al manejo de terapias oncológicas orales, incluyendo educación, indicación, monitoreo de toxicidad, ajustes, farmacovigilancia, adherencia y seguimiento clínico especializado.
7. Vigilar, investigar y regular cualquier práctica de concentración, direccionamiento obligatorio, exclusividad injustificada, integración vertical, restricción de proveedores, transferencia no autorizada de datos sensibles, contacto directo no consentido con pacientes o abuso de posición dominante que pueda afectar el acceso oportuno, transparente, ético y equitativo a medicamentos y servicios oncológicos.
SODOM reitera que esta posición no busca defender privilegios de ningún sector. Busca proteger a los pacientes con cáncer: su seguridad, su dignidad, su privacidad, su libertad de elección,
La Sociedad Dominicana de Oncología Médica (SODOM) expresa su preocupación ante situaciones que pueden afectar directamente a las personas que viven con cáncer en la República Dominicana, especialmente cuando decisiones administrativas, programas de acompañamiento, intermediarios o mecanismos de gestión interfieren con la continuidad del tratamiento, la privacidad de los datos médicos, la libre elección del paciente y el acceso oportuno a medicamentos y servicios oncológicos.
El paciente con cáncer debe recibir una atención digna, segura, continua, oportuna y basada en evidencia científica. Ningún trámite, programa o decisión administrativa debe retrasar un tratamiento indicado, cambiar una prescripción médica sin la participación del especialista o colocar intereses económicos por encima de la salud del paciente.
Las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) cumplen un papel importante dentro del sistema, relacionado con la cobertura, la contratación de redes y la administración del riesgo.
Sin embargo, ese rol no debe confundirse con el acto médico ni con la dirección clínica del tratamiento individual de un paciente. Las decisiones sobre diagnóstico, indicación, cambio, suspensión o seguimiento de terapias oncológicas deben permanecer bajo responsabilidad del médico especialista tratante.
SODOM reconoce que los programas de prevención, orientación, acompañamiento y detección temprana pueden ser útiles cuando se realizan con transparencia, dentro de la ley y en coordinación con médicos y centros habilitados. Pero estos programas no deben convertirse en mecanismos para dirigir al paciente hacia determinados centros, proveedores o canales de entrega; tampoco deben limitar su acceso, sustituir al oncólogo tratante o interferir con el tratamiento ya indicado.
Preocupa especialmente el manejo de medicamentos oncológicos orales de alto costo. Estos tratamientos no son una simple entrega de pastillas: requieren explicación al paciente, vigilancia de efectos secundarios, revisión de interacciones, ajustes de dosis, seguimiento de adherencia y respuesta rápida ante complicaciones. Por eso, el acto médico asociado a estas terapias debe ser reconocido, respetado y protegido.
SODOM también alerta sobre la protección de los datos personales y médicos de los pacientes con cáncer. Información como diagnóstico, cédula, historial clínico, medicamento indicado, teléfono, dirección o centro donde se atiende es altamente sensible. Ninguna entidad del sistema — incluyendo ARS, intermediarios, gestores externos, proveedores logísticos, programas de soporte o casas farmacéuticas— debe recibir, usar o compartir esos datos sin autorización clara, libre, previa, informada y comprobable del paciente.
Por tanto, resulta inaceptable que una persona con cáncer reciba llamadas, mensajes, visitas, entregas domiciliarias de medicamentos o gestiones comerciales o asistenciales que no haya solicitado, cuando esas acciones se originen en el uso de datos médicos obtenidos por vías administrativas. Esto puede afectar su privacidad, su tranquilidad, su dignidad, su libertad de decisión y la relación de confianza con su médico.
Asimismo, SODOM llama la atención sobre el acceso a medicamentos oncológicos. En cáncer, muchos tratamientos son vitales, costosos y no pueden esperar. Cuando una sola empresa o un grupo reducido controla, directa o indirectamente, la distribución, provisión o canalización de estos medicamentos, pueden aumentar los precios, reducirse las opciones disponibles y limitarse el acceso de los pacientes a tratamientos necesarios. La libre competencia en este campo debe proteger al paciente, no crear barreras adicionales.
Por estas razones, SODOM solicita formalmente a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales, al Consejo Nacional de Seguridad Social, al Ministerio de Salud Pública, a ProCompetencia y a las demás autoridades competentes:
1. Reafirmar públicamente los límites funcionales de las ARS, diferenciando claramente la administración del riesgo y la gestión de cobertura de la prestación clínica directa, la prescripción médica y la dirección terapéutica individual.
2. Garantizar que ningún programa de acompañamiento, navegación, soporte o gestión de pacientes oncológicos sustituya al oncólogo tratante, modifique indicaciones terapéuticas o condicione el acceso a tratamientos sin evaluación clínica especializada.
3. Proteger la libre elección del paciente, evitando direccionamientos obligatorios hacia redes, centros, proveedores, programas o canales de dispensación que puedan generar conflictos de interés o restringir alternativas terapéuticas.
4. Asegurar la cobertura oportuna de medicamentos, procedimientos y servicios incluidos en el Catálogo de Prestaciones vigente, especialmente en el ámbito oncológico de alto costo.
5. Crear o fortalecer rutas expeditas de revisión técnica para terapias innovadoras, cuando exista indicación médica sustentada, evidencia científica y ausencia de alternativas equivalentes dentro del catálogo vigente.6. Reconocer el acto médico asociado al manejo de terapias oncológicas orales, incluyendo educación, indicación, monitoreo de toxicidad, ajustes, farmacovigilancia, adherencia y seguimiento clínico especializado.
7. Vigilar, investigar y regular cualquier práctica de concentración, direccionamiento obligatorio, exclusividad injustificada, integración vertical, restricción de proveedores, transferencia no autorizada de datos sensibles, contacto directo no consentido con pacientes o abuso de posición dominante que pueda afectar el acceso oportuno, transparente, ético y equitativo a medicamentos y servicios oncológicos.
SODOM reitera que esta posición no busca defender privilegios de ningún sector. Busca proteger a los pacientes con cáncer: su seguridad, su dignidad, su privacidad, su libertad de elección,
La Sociedad Dominicana de Oncología Médica (SODOM) expresa su preocupación ante situaciones que pueden afectar directamente a las personas que viven con cáncer en la República Dominicana, especialmente cuando decisiones administrativas, programas de acompañamiento, intermediarios o mecanismos de gestión interfieren con la continuidad del tratamiento, la privacidad de los datos médicos, la libre elección del paciente y el acceso oportuno a medicamentos y servicios oncológicos.
El paciente con cáncer debe recibir una atención digna, segura, continua, oportuna y basada en evidencia científica. Ningún trámite, programa o decisión administrativa debe retrasar un tratamiento indicado, cambiar una prescripción médica sin la participación del especialista o colocar intereses económicos por encima de la salud del paciente.
Las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) cumplen un papel importante dentro del sistema, relacionado con la cobertura, la contratación de redes y la administración del riesgo.
Sin embargo, ese rol no debe confundirse con el acto médico ni con la dirección clínica del tratamiento individual de un paciente. Las decisiones sobre diagnóstico, indicación, cambio, suspensión o seguimiento de terapias oncológicas deben permanecer bajo responsabilidad del médico especialista tratante.
SODOM reconoce que los programas de prevención, orientación, acompañamiento y detección temprana pueden ser útiles cuando se realizan con transparencia, dentro de la ley y en coordinación con médicos y centros habilitados. Pero estos programas no deben convertirse en mecanismos para dirigir al paciente hacia determinados centros, proveedores o canales de entrega; tampoco deben limitar su acceso, sustituir al oncólogo tratante o interferir con el tratamiento ya indicado.
Preocupa especialmente el manejo de medicamentos oncológicos orales de alto costo. Estos tratamientos no son una simple entrega de pastillas: requieren explicación al paciente, vigilancia de efectos secundarios, revisión de interacciones, ajustes de dosis, seguimiento de adherencia y respuesta rápida ante complicaciones. Por eso, el acto médico asociado a estas terapias debe ser reconocido, respetado y protegido.
SODOM también alerta sobre la protección de los datos personales y médicos de los pacientes con cáncer. Información como diagnóstico, cédula, historial clínico, medicamento indicado, teléfono, dirección o centro donde se atiende es altamente sensible. Ninguna entidad del sistema — incluyendo ARS, intermediarios, gestores externos, proveedores logísticos, programas de soporte o casas farmacéuticas— debe recibir, usar o compartir esos datos sin autorización clara, libre, previa, informada y comprobable del paciente.
Por tanto, resulta inaceptable que una persona con cáncer reciba llamadas, mensajes, visitas, entregas domiciliarias de medicamentos o gestiones comerciales o asistenciales que no haya solicitado, cuando esas acciones se originen en el uso de datos médicos obtenidos por vías administrativas. Esto puede afectar su privacidad, su tranquilidad, su dignidad, su libertad de decisión y la relación de confianza con su médico.
Asimismo, SODOM llama la atención sobre el acceso a medicamentos oncológicos. En cáncer, muchos tratamientos son vitales, costosos y no pueden esperar. Cuando una sola empresa o un grupo reducido controla, directa o indirectamente, la distribución, provisión o canalización de estos medicamentos, pueden aumentar los precios, reducirse las opciones disponibles y limitarse el acceso de los pacientes a tratamientos necesarios. La libre competencia en este campo debe proteger al paciente, no crear barreras adicionales.
Por estas razones, SODOM solicita formalmente a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales, al Consejo Nacional de Seguridad Social, al Ministerio de Salud Pública, a ProCompetencia y a las demás autoridades competentes:
1. Reafirmar públicamente los límites funcionales de las ARS, diferenciando claramente la administración del riesgo y la gestión de cobertura de la prestación clínica directa, la prescripción médica y la dirección terapéutica individual.
2. Garantizar que ningún programa de acompañamiento, navegación, soporte o gestión de pacientes oncológicos sustituya al oncólogo tratante, modifique indicaciones terapéuticas o condicione el acceso a tratamientos sin evaluación clínica especializada.
3. Proteger la libre elección del paciente, evitando direccionamientos obligatorios hacia redes, centros, proveedores, programas o canales de dispensación que puedan generar conflictos de interés o restringir alternativas terapéuticas.
4. Asegurar la cobertura oportuna de medicamentos, procedimientos y servicios incluidos en el Catálogo de Prestaciones vigente, especialmente en el ámbito oncológico de alto costo.
5. Crear o fortalecer rutas expeditas de revisión técnica para terapias innovadoras, cuando exista indicación médica sustentada, evidencia científica y ausencia de alternativas equivalentes dentro del catálogo vigente.6. Reconocer el acto médico asociado al manejo de terapias oncológicas orales, incluyendo educación, indicación, monitoreo de toxicidad, ajustes, farmacovigilancia, adherencia y seguimiento clínico especializado.
7. Vigilar, investigar y regular cualquier práctica de concentración, direccionamiento obligatorio, exclusividad injustificada, integración vertical, restricción de proveedores, transferencia no autorizada de datos sensibles, contacto directo no consentido con pacientes o abuso de posición dominante que pueda afectar el acceso oportuno, transparente, ético y equitativo a medicamentos y servicios oncológicos.
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El paciente con cáncer debe recibir una atención digna, segura, continua, oportuna y basada en evidencia científica. Ningún trámite, programa o decisión administrativa debe retrasar un tratamiento indicado, cambiar una prescripción médica sin la participación del especialista o colocar intereses económicos por encima de la salud del paciente.
Las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) cumplen un papel importante dentro del sistema, relacionado con la cobertura, la contratación de redes y la administración del riesgo.
Sin embargo, ese rol no debe confundirse con el acto médico ni con la dirección clínica del tratamiento individual de un paciente. Las decisiones sobre diagnóstico, indicación, cambio, suspensión o seguimiento de terapias oncológicas deben permanecer bajo responsabilidad del médico especialista tratante.
SODOM reconoce que los programas de prevención, orientación, acompañamiento y detección temprana pueden ser útiles cuando se realizan con transparencia, dentro de la ley y en coordinación con médicos y centros habilitados. Pero estos programas no deben convertirse en mecanismos para dirigir al paciente hacia determinados centros, proveedores o canales de entrega; tampoco deben limitar su acceso, sustituir al oncólogo tratante o interferir con el tratamiento ya indicado.
Preocupa especialmente el manejo de medicamentos oncológicos orales de alto costo. Estos tratamientos no son una simple entrega de pastillas: requieren explicación al paciente, vigilancia de efectos secundarios, revisión de interacciones, ajustes de dosis, seguimiento de adherencia y respuesta rápida ante complicaciones. Por eso, el acto médico asociado a estas terapias debe ser reconocido, respetado y protegido.
SODOM también alerta sobre la protección de los datos personales y médicos de los pacientes con cáncer. Información como diagnóstico, cédula, historial clínico, medicamento indicado, teléfono, dirección o centro donde se atiende es altamente sensible. Ninguna entidad del sistema — incluyendo ARS, intermediarios, gestores externos, proveedores logísticos, programas de soporte o casas farmacéuticas— debe recibir, usar o compartir esos datos sin autorización clara, libre, previa, informada y comprobable del paciente.
Por tanto, resulta inaceptable que una persona con cáncer reciba llamadas, mensajes, visitas, entregas domiciliarias de medicamentos o gestiones comerciales o asistenciales que no haya solicitado, cuando esas acciones se originen en el uso de datos médicos obtenidos por vías administrativas. Esto puede afectar su privacidad, su tranquilidad, su dignidad, su libertad de decisión y la relación de confianza con su médico.
Asimismo, SODOM llama la atención sobre el acceso a medicamentos oncológicos. En cáncer, muchos tratamientos son vitales, costosos y no pueden esperar. Cuando una sola empresa o un grupo reducido controla, directa o indirectamente, la distribución, provisión o canalización de estos medicamentos, pueden aumentar los precios, reducirse las opciones disponibles y limitarse el acceso de los pacientes a tratamientos necesarios. La libre competencia en este campo debe proteger al paciente, no crear barreras adicionales.
Por estas razones, SODOM solicita formalmente a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales, al Consejo Nacional de Seguridad Social, al Ministerio de Salud Pública, a ProCompetencia y a las demás autoridades competentes:
1. Reafirmar públicamente los límites funcionales de las ARS, diferenciando claramente la administración del riesgo y la gestión de cobertura de la prestación clínica directa, la prescripción médica y la dirección terapéutica individual.
2. Garantizar que ningún programa de acompañamiento, navegación, soporte o gestión de pacientes oncológicos sustituya al oncólogo tratante, modifique indicaciones terapéuticas o condicione el acceso a tratamientos sin evaluación clínica especializada.
3. Proteger la libre elección del paciente, evitando direccionamientos obligatorios hacia redes, centros, proveedores, programas o canales de dispensación que puedan generar conflictos de interés o restringir alternativas terapéuticas.
4. Asegurar la cobertura oportuna de medicamentos, procedimientos y servicios incluidos en el Catálogo de Prestaciones vigente, especialmente en el ámbito oncológico de alto costo.
5. Crear o fortalecer rutas expeditas de revisión técnica para terapias innovadoras, cuando exista indicación médica sustentada, evidencia científica y ausencia de alternativas equivalentes dentro del catálogo vigente.6. Reconocer el acto médico asociado al manejo de terapias oncológicas orales, incluyendo educación, indicación, monitoreo de toxicidad, ajustes, farmacovigilancia, adherencia y seguimiento clínico especializado.
7. Vigilar, investigar y regular cualquier práctica de concentración, direccionamiento obligatorio, exclusividad injustificada, integración vertical, restricción de proveedores, transferencia no autorizada de datos sensibles, contacto directo no consentido con pacientes o abuso de posición dominante que pueda afectar el acceso oportuno, transparente, ético y equitativo a medicamentos y servicios oncológicos.
SODOM reitera que esta posición no busca defender privilegios de ningún sector. Busca proteger a los pacientes con cáncer: su seguridad, su dignidad, su privacidad, su libertad de elección,
La Sociedad Dominicana de Oncología Médica (SODOM) expresa su preocupación ante situaciones que pueden afectar directamente a las personas que viven con cáncer en la República Dominicana, especialmente cuando decisiones administrativas, programas de acompañamiento, intermediarios o mecanismos de gestión interfieren con la continuidad del tratamiento, la privacidad de los datos médicos, la libre elección del paciente y el acceso oportuno a medicamentos y servicios oncológicos.
El paciente con cáncer debe recibir una atención digna, segura, continua, oportuna y basada en evidencia científica. Ningún trámite, programa o decisión administrativa debe retrasar un tratamiento indicado, cambiar una prescripción médica sin la participación del especialista o colocar intereses económicos por encima de la salud del paciente.
Las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) cumplen un papel importante dentro del sistema, relacionado con la cobertura, la contratación de redes y la administración del riesgo.
Sin embargo, ese rol no debe confundirse con el acto médico ni con la dirección clínica del tratamiento individual de un paciente. Las decisiones sobre diagnóstico, indicación, cambio, suspensión o seguimiento de terapias oncológicas deben permanecer bajo responsabilidad del médico especialista tratante.
SODOM reconoce que los programas de prevención, orientación, acompañamiento y detección temprana pueden ser útiles cuando se realizan con transparencia, dentro de la ley y en coordinación con médicos y centros habilitados. Pero estos programas no deben convertirse en mecanismos para dirigir al paciente hacia determinados centros, proveedores o canales de entrega; tampoco deben limitar su acceso, sustituir al oncólogo tratante o interferir con el tratamiento ya indicado.
Preocupa especialmente el manejo de medicamentos oncológicos orales de alto costo. Estos tratamientos no son una simple entrega de pastillas: requieren explicación al paciente, vigilancia de efectos secundarios, revisión de interacciones, ajustes de dosis, seguimiento de adherencia y respuesta rápida ante complicaciones. Por eso, el acto médico asociado a estas terapias debe ser reconocido, respetado y protegido.
SODOM también alerta sobre la protección de los datos personales y médicos de los pacientes con cáncer. Información como diagnóstico, cédula, historial clínico, medicamento indicado, teléfono, dirección o centro donde se atiende es altamente sensible. Ninguna entidad del sistema — incluyendo ARS, intermediarios, gestores externos, proveedores logísticos, programas de soporte o casas farmacéuticas— debe recibir, usar o compartir esos datos sin autorización clara, libre, previa, informada y comprobable del paciente.
Por tanto, resulta inaceptable que una persona con cáncer reciba llamadas, mensajes, visitas, entregas domiciliarias de medicamentos o gestiones comerciales o asistenciales que no haya solicitado, cuando esas acciones se originen en el uso de datos médicos obtenidos por vías administrativas. Esto puede afectar su privacidad, su tranquilidad, su dignidad, su libertad de decisión y la relación de confianza con su médico.
Asimismo, SODOM llama la atención sobre el acceso a medicamentos oncológicos. En cáncer, muchos tratamientos son vitales, costosos y no pueden esperar. Cuando una sola empresa o un grupo reducido controla, directa o indirectamente, la distribución, provisión o canalización de estos medicamentos, pueden aumentar los precios, reducirse las opciones disponibles y limitarse el acceso de los pacientes a tratamientos necesarios. La libre competencia en este campo debe proteger al paciente, no crear barreras adicionales.
Por estas razones, SODOM solicita formalmente a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales, al Consejo Nacional de Seguridad Social, al Ministerio de Salud Pública, a ProCompetencia y a las demás autoridades competentes:
1. Reafirmar públicamente los límites funcionales de las ARS, diferenciando claramente la administración del riesgo y la gestión de cobertura de la prestación clínica directa, la prescripción médica y la dirección terapéutica individual.
2. Garantizar que ningún programa de acompañamiento, navegación, soporte o gestión de pacientes oncológicos sustituya al oncólogo tratante, modifique indicaciones terapéuticas o condicione el acceso a tratamientos sin evaluación clínica especializada.
3. Proteger la libre elección del paciente, evitando direccionamientos obligatorios hacia redes, centros, proveedores, programas o canales de dispensación que puedan generar conflictos de interés o restringir alternativas terapéuticas.
4. Asegurar la cobertura oportuna de medicamentos, procedimientos y servicios incluidos en el Catálogo de Prestaciones vigente, especialmente en el ámbito oncológico de alto costo.
5. Crear o fortalecer rutas expeditas de revisión técnica para terapias innovadoras, cuando exista indicación médica sustentada, evidencia científica y ausencia de alternativas equivalentes dentro del catálogo vigente.6. Reconocer el acto médico asociado al manejo de terapias oncológicas orales, incluyendo educación, indicación, monitoreo de toxicidad, ajustes, farmacovigilancia, adherencia y seguimiento clínico especializado.
7. Vigilar, investigar y regular cualquier práctica de concentración, direccionamiento obligatorio, exclusividad injustificada, integración vertical, restricción de proveedores, transferencia no autorizada de datos sensibles, contacto directo no consentido con pacientes o abuso de posición dominante que pueda afectar el acceso oportuno, transparente, ético y equitativo a medicamentos y servicios oncológicos.
SODOM reitera que esta posición no busca defender privilegios de ningún sector. Busca proteger a los pacientes con cáncer: su seguridad, su dignidad, su privacidad, su libertad de elección,
La Sociedad Dominicana de Oncología Médica (SODOM) expresa su preocupación ante situaciones que pueden afectar directamente a las personas que viven con cáncer en la República Dominicana, especialmente cuando decisiones administrativas, programas de acompañamiento, intermediarios o mecanismos de gestión interfieren con la continuidad del tratamiento, la privacidad de los datos médicos, la libre elección del paciente y el acceso oportuno a medicamentos y servicios oncológicos.
El paciente con cáncer debe recibir una atención digna, segura, continua, oportuna y basada en evidencia científica. Ningún trámite, programa o decisión administrativa debe retrasar un tratamiento indicado, cambiar una prescripción médica sin la participación del especialista o colocar intereses económicos por encima de la salud del paciente.
Las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) cumplen un papel importante dentro del sistema, relacionado con la cobertura, la contratación de redes y la administración del riesgo.
Sin embargo, ese rol no debe confundirse con el acto médico ni con la dirección clínica del tratamiento individual de un paciente. Las decisiones sobre diagnóstico, indicación, cambio, suspensión o seguimiento de terapias oncológicas deben permanecer bajo responsabilidad del médico especialista tratante.
SODOM reconoce que los programas de prevención, orientación, acompañamiento y detección temprana pueden ser útiles cuando se realizan con transparencia, dentro de la ley y en coordinación con médicos y centros habilitados. Pero estos programas no deben convertirse en mecanismos para dirigir al paciente hacia determinados centros, proveedores o canales de entrega; tampoco deben limitar su acceso, sustituir al oncólogo tratante o interferir con el tratamiento ya indicado.
Preocupa especialmente el manejo de medicamentos oncológicos orales de alto costo. Estos tratamientos no son una simple entrega de pastillas: requieren explicación al paciente, vigilancia de efectos secundarios, revisión de interacciones, ajustes de dosis, seguimiento de adherencia y respuesta rápida ante complicaciones. Por eso, el acto médico asociado a estas terapias debe ser reconocido, respetado y protegido.
SODOM también alerta sobre la protección de los datos personales y médicos de los pacientes con cáncer. Información como diagnóstico, cédula, historial clínico, medicamento indicado, teléfono, dirección o centro donde se atiende es altamente sensible. Ninguna entidad del sistema — incluyendo ARS, intermediarios, gestores externos, proveedores logísticos, programas de soporte o casas farmacéuticas— debe recibir, usar o compartir esos datos sin autorización clara, libre, previa, informada y comprobable del paciente.
Por tanto, resulta inaceptable que una persona con cáncer reciba llamadas, mensajes, visitas, entregas domiciliarias de medicamentos o gestiones comerciales o asistenciales que no haya solicitado, cuando esas acciones se originen en el uso de datos médicos obtenidos por vías administrativas. Esto puede afectar su privacidad, su tranquilidad, su dignidad, su libertad de decisión y la relación de confianza con su médico.
Asimismo, SODOM llama la atención sobre el acceso a medicamentos oncológicos. En cáncer, muchos tratamientos son vitales, costosos y no pueden esperar. Cuando una sola empresa o un grupo reducido controla, directa o indirectamente, la distribución, provisión o canalización de estos medicamentos, pueden aumentar los precios, reducirse las opciones disponibles y limitarse el acceso de los pacientes a tratamientos necesarios. La libre competencia en este campo debe proteger al paciente, no crear barreras adicionales.
Por estas razones, SODOM solicita formalmente a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales, al Consejo Nacional de Seguridad Social, al Ministerio de Salud Pública, a ProCompetencia y a las demás autoridades competentes:
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4. Asegurar la cobertura oportuna de medicamentos, procedimientos y servicios incluidos en el Catálogo de Prestaciones vigente, especialmente en el ámbito oncológico de alto costo.
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7. Vigilar, investigar y regular cualquier práctica de concentración, direccionamiento obligatorio, exclusividad injustificada, integración vertical, restricción de proveedores, transferencia no autorizada de datos sensibles, contacto directo no consentido con pacientes o abuso de posición dominante que pueda afectar el acceso oportuno, transparente, ético y equitativo a medicamentos y servicios oncológicos.
SODOM reitera que esta posición no busca defender privilegios de ningún sector. Busca proteger a los pacientes con cáncer: su seguridad, su dignidad, su privacidad, su libertad de elección,
La Sociedad Dominicana de Oncología Médica (SODOM) expresa su preocupación ante situaciones que pueden afectar directamente a las personas que viven con cáncer en la República Dominicana, especialmente cuando decisiones administrativas, programas de acompañamiento, intermediarios o mecanismos de gestión interfieren con la continuidad del tratamiento, la privacidad de los datos médicos, la libre elección del paciente y el acceso oportuno a medicamentos y servicios oncológicos.
El paciente con cáncer debe recibir una atención digna, segura, continua, oportuna y basada en evidencia científica. Ningún trámite, programa o decisión administrativa debe retrasar un tratamiento indicado, cambiar una prescripción médica sin la participación del especialista o colocar intereses económicos por encima de la salud del paciente.
Las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) cumplen un papel importante dentro del sistema, relacionado con la cobertura, la contratación de redes y la administración del riesgo.
Sin embargo, ese rol no debe confundirse con el acto médico ni con la dirección clínica del tratamiento individual de un paciente. Las decisiones sobre diagnóstico, indicación, cambio, suspensión o seguimiento de terapias oncológicas deben permanecer bajo responsabilidad del médico especialista tratante.
SODOM reconoce que los programas de prevención, orientación, acompañamiento y detección temprana pueden ser útiles cuando se realizan con transparencia, dentro de la ley y en coordinación con médicos y centros habilitados. Pero estos programas no deben convertirse en mecanismos para dirigir al paciente hacia determinados centros, proveedores o canales de entrega; tampoco deben limitar su acceso, sustituir al oncólogo tratante o interferir con el tratamiento ya indicado.
Preocupa especialmente el manejo de medicamentos oncológicos orales de alto costo. Estos tratamientos no son una simple entrega de pastillas: requieren explicación al paciente, vigilancia de efectos secundarios, revisión de interacciones, ajustes de dosis, seguimiento de adherencia y respuesta rápida ante complicaciones. Por eso, el acto médico asociado a estas terapias debe ser reconocido, respetado y protegido.
SODOM también alerta sobre la protección de los datos personales y médicos de los pacientes con cáncer. Información como diagnóstico, cédula, historial clínico, medicamento indicado, teléfono, dirección o centro donde se atiende es altamente sensible. Ninguna entidad del sistema — incluyendo ARS, intermediarios, gestores externos, proveedores logísticos, programas de soporte o casas farmacéuticas— debe recibir, usar o compartir esos datos sin autorización clara, libre, previa, informada y comprobable del paciente.
Por tanto, resulta inaceptable que una persona con cáncer reciba llamadas, mensajes, visitas, entregas domiciliarias de medicamentos o gestiones comerciales o asistenciales que no haya solicitado, cuando esas acciones se originen en el uso de datos médicos obtenidos por vías administrativas. Esto puede afectar su privacidad, su tranquilidad, su dignidad, su libertad de decisión y la relación de confianza con su médico.
Asimismo, SODOM llama la atención sobre el acceso a medicamentos oncológicos. En cáncer, muchos tratamientos son vitales, costosos y no pueden esperar. Cuando una sola empresa o un grupo reducido controla, directa o indirectamente, la distribución, provisión o canalización de estos medicamentos, pueden aumentar los precios, reducirse las opciones disponibles y limitarse el acceso de los pacientes a tratamientos necesarios. La libre competencia en este campo debe proteger al paciente, no crear barreras adicionales.
Por estas razones, SODOM solicita formalmente a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales, al Consejo Nacional de Seguridad Social, al Ministerio de Salud Pública, a ProCompetencia y a las demás autoridades competentes:
1. Reafirmar públicamente los límites funcionales de las ARS, diferenciando claramente la administración del riesgo y la gestión de cobertura de la prestación clínica directa, la prescripción médica y la dirección terapéutica individual.
2. Garantizar que ningún programa de acompañamiento, navegación, soporte o gestión de pacientes oncológicos sustituya al oncólogo tratante, modifique indicaciones terapéuticas o condicione el acceso a tratamientos sin evaluación clínica especializada.
3. Proteger la libre elección del paciente, evitando direccionamientos obligatorios hacia redes, centros, proveedores, programas o canales de dispensación que puedan generar conflictos de interés o restringir alternativas terapéuticas.
4. Asegurar la cobertura oportuna de medicamentos, procedimientos y servicios incluidos en el Catálogo de Prestaciones vigente, especialmente en el ámbito oncológico de alto costo.
5. Crear o fortalecer rutas expeditas de revisión técnica para terapias innovadoras, cuando exista indicación médica sustentada, evidencia científica y ausencia de alternativas equivalentes dentro del catálogo vigente.6. Reconocer el acto médico asociado al manejo de terapias oncológicas orales, incluyendo educación, indicación, monitoreo de toxicidad, ajustes, farmacovigilancia, adherencia y seguimiento clínico especializado.
7. Vigilar, investigar y regular cualquier práctica de concentración, direccionamiento obligatorio, exclusividad injustificada, integración vertical, restricción de proveedores, transferencia no autorizada de datos sensibles, contacto directo no consentido con pacientes o abuso de posición dominante que pueda afectar el acceso oportuno, transparente, ético y equitativo a medicamentos y servicios oncológicos.
SODOM reitera que esta posición no busca defender privilegios de ningún sector. Busca proteger a los pacientes con cáncer: su seguridad, su dignidad, su privacidad, su libertad de elección,











































































